Presentar la solicitud de residencia en España puede parecer un laberinto burocrático. Cada año, miles de expedientes se retrasan o se deniegan por un solo documento que falta, una traducción sin validar o un certificado caducado. La buena noticia es que, con la preparación adecuada, puedes evitar todos esos problemas.
En esta guía hemos reunido todos los documentos necesarios para el permiso de residencia en España, actualizados a 2026. Te explicamos qué es cada papel, dónde conseguirlo, los errores más habituales y los consejos que solo conocen quienes llevan años gestionando estos trámites.
Guarda esta página en tus favoritos: es tu checklist de residencia en España definitiva.
Checklist rápido: todos los documentos de un vistazo
Antes de entrar en detalle, aquí tienes la lista completa en formato checklist. Imprímela o captúrala en pantalla para ir marcando cada documento a medida que lo consigas:
- ☐ Pasaporte en vigor (con validez mínima)
- ☐ Formulario de solicitud (modelo EX correspondiente)
- ☐ Fotografías tamaño carnet (fondo blanco)
- ☐ Certificado de antecedentes penales (apostillado)
- ☐ Certificado médico
- ☐ Seguro médico (cobertura completa en España)
- ☐ Acreditación de medios económicos
- ☐ Certificado de empadronamiento / prueba de alojamiento
- ☐ Traducciones juradas de documentos en otro idioma
- ☐ Apostilla de La Haya en documentos públicos extranjeros
- ☐ Tasa administrativa (modelo 790, código 052 o el que corresponda)
- ☐ Copia completa de todos los documentos originales
- El pasaporte debe estar en vigor durante toda la tramitación y, preferiblemente, tener al menos 6 meses de validez restantes en el momento de presentar la solicitud.
- Algunas oficinas de extranjería exigen que el pasaporte no caduque antes de la resolución prevista del expediente.
- Si tu pasaporte caduca pronto, renuévalo antes de iniciar el trámite.
- Presentar un pasaporte con menos de 3 meses de validez y recibir un requerimiento de subsanación.
- No aportar copia de todas las páginas (algunas oficinas la piden, incluidas las páginas en blanco).
- Tener un pasaporte dañado o ilegible en la página de datos.
- EX-00: Solicitud de tarjeta de identidad de extranjero (TIE).
- EX-01: Solicitud de autorización de residencia temporal no lucrativa y otras autorizaciones.
- EX-02: Solicitud de autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena.
- EX-03: Solicitud de autorización de residencia y trabajo por cuenta propia.
- EX-10: Solicitud de autorización de residencia por circunstancias excepcionales (arraigo).
- Rellenar el modelo equivocado para el tipo de residencia solicitada.
- Dejar campos obligatorios en blanco o rellenarlos con datos incorrectos.
- No firmar el formulario (sorprendentemente frecuente).
- Usar un formulario de una versión anterior ya no válida.
- Tamaño: 32 x 26 mm (formato carnet español).
- Fondo blanco y liso.
- Rostro centrado, sin gafas de sol, sin pañuelos (salvo motivos religiosos acreditados).
- Foto reciente: tomada en los últimos 6 meses.
- Se suelen pedir 3 o 4 fotografías iguales.
- Presentar fotos con fondo de color o con sombras.
- Llevar solo 2 fotos cuando piden 4.
- Usar fotos antiguas donde la apariencia ha cambiado significativamente.
- Debe estar apostillado con la Apostilla de La Haya (ver sección 10).
- Debe estar traducido al español por un traductor jurado (ver sección 9).
- No debe tener una antigüedad superior a 3 meses (o 6 meses según el país emisor).
- En el Ministerio de Justicia o equivalente de tu país de origen.
- Si llevas tiempo en España, también podrías necesitar un certificado de antecedentes penales español (se solicita online en la sede del Ministerio de Justicia de España).
- Presentar el certificado sin apostilla ni traducción jurada.
- Que el certificado haya caducado cuando la oficina lo revisa (por los retrasos en las citas).
- Olvidar pedir certificados de países intermedios donde se residió más de 6 meses.
- Debe ser emitido por un médico colegiado en España.
- No debe tener una antigüedad superior a 3 meses.
- Algunas autorizaciones (como la no lucrativa) lo exigen de forma obligatoria; en otras, puede no ser necesario.
- Aportar un certificado médico de tu país de origen en lugar de uno emitido en España.
- Presentar un certificado genérico que no mencione expresamente las enfermedades de salud pública.
- No verificar que el médico esté colegiado (lo que invalida el documento).
- Cobertura completa: asistencia primaria, especialistas, hospitalización, urgencias.
- Sin copagos significativos.
- Sin periodo de carencia o, al menos, que ya haya finalizado antes de presentar la solicitud.
- Vigencia mínima de 1 año (o por el periodo de la autorización solicitada).
- Contratar un seguro de viaje en lugar de un seguro médico completo.
- Tener un seguro con copagos elevados o carencias activas.
- Presentar un seguro emitido por una compañía no autorizada en España.
- Residencia no lucrativa: extractos bancarios, certificados de inversiones, rentas, pensiones. La cantidad mínima de referencia para 2026 es aproximadamente el 400% del IPREM (unos 2.400 euros/mes para el solicitante principal).
- Residencia por cuenta ajena: contrato de trabajo o precontrato que cumpla el salario mínimo.
- Residencia por cuenta propia: plan de negocio, inversión acreditada, alta en autónomos.
- Arraigo: contrato de trabajo de al menos 1 año a jornada completa (o acreditación de actividad económica para arraigo social).
- Presentar extractos bancarios de un solo mes cuando piden movimientos de 6 o 12 meses.
- No acreditar la procedencia lícita de los fondos.
- Tener los fondos en una cuenta de un tercero sin documentación que justifique la relación.
- Aportar un contrato de trabajo que no cumple el salario mínimo interprofesional vigente.
- Certificado de empadronamiento (el más aceptado).
- Contrato de alquiler a tu nombre.
- Escritura de propiedad de una vivienda.
- Carta de invitación de un familiar o conocido que te aloja (en algunos casos).
- Empadronamiento: en el ayuntamiento de tu localidad, presencialmente o por sede electrónica.
- Contrato de alquiler: lo firmas con el propietario; asegúrate de que esté depositado en el organismo correspondiente de tu comunidad autónoma.
- Presentar un empadronamiento con más de 3 meses de antigüedad (debe ser reciente).
- No figurar en el contrato de alquiler (por ejemplo, si solo aparece tu pareja).
- No poder acreditar alojamiento en ninguna de las formas aceptadas.
- Certificado de antecedentes penales.
- Certificado de nacimiento.
- Títulos académicos.
- Certificados de matrimonio o de estado civil.
- Cualquier otro documento público extranjero.
- Lista oficial de traductores jurados en la web del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
- Agencias de traducción especializadas en trámites de extranjería.
- Algunos consulados ofrecen servicio de traducción jurada.
- Presentar una traducción simple (no jurada) pensando que es suficiente.
- Encargar la traducción a un traductor no habilitado oficialmente en España.
- No incluir la traducción junto al documento original y la apostilla.
- Certificado de antecedentes penales.
- Certificado de nacimiento.
- Certificado de matrimonio.
- Títulos académicos.
- Cualquier documento público emitido en el extranjero.
- Confundir apostilla con traducción jurada (son cosas distintas; necesitas ambas).
- Apostillar el documento después de la traducción en lugar de antes (la apostilla se pone sobre el documento original, y luego se traduce todo, incluida la apostilla).
- Solicitar la apostilla en España cuando debe hacerse en el país emisor del documento.
- Certificado de matrimonio o libro de familia (para reagrupación familiar).
- Títulos académicos homologados (para residencia por trabajo cualificado).
- Plan de negocio (para residencia como emprendedor).
- Informe de arraigo social emitido por los servicios sociales de tu municipio (para arraigo).
- Acreditación de la relación laboral de al menos 2 años con un mismo empleador (para arraigo laboral).
- Certificado de convivencia (para parejas de hecho).
Consejo profesional: prepara siempre una copia extra de cada documento. Muchas oficinas de extranjería piden original + dos copias, y tener una tercera te puede salvar de un apuro de última hora.
1. Pasaporte en vigor
Qué es y por qué lo necesitas
El pasaporte es el documento de identidad internacional que acredita tu nacionalidad. Sin un pasaporte válido, ningún trámite de residencia puede avanzar. Es la base sobre la que se construye todo tu expediente.
Requisitos de validez
Dónde conseguirlo
En el consulado o embajada de tu país de origen en España, o en las oficinas de tu país antes de viajar.
Errores habituales
Consejo Asesoramos
Lleva siempre el pasaporte original y al menos dos fotocopias completas (todas las páginas). Si tu pasaporte ha sido renovado recientemente, incluye también una copia del anterior cuando la oficina lo solicite.
2. Formulario de solicitud (Modelos EX)
Qué es
Los formularios EX son los impresos oficiales del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones que formalizan tu solicitud. Cada tipo de autorización de residencia tiene su propio modelo.
Modelos más comunes
Dónde conseguirlo
En la web oficial del Ministerio (sección de Extranjería) o en la sede electrónica. También están disponibles en las propias oficinas de extranjería en formato papel.
Errores habituales
Consejo Asesoramos
Descarga siempre la versión más reciente directamente de la web oficial. Rellena el formulario con letras mayúsculas, en tinta negra si es a mano, y revísalo dos veces antes de firmar. Un solo error en el modelo EX puede generar un requerimiento de subsanación que retrase tu expediente semanas.
3. Fotografías tamaño carnet
Qué es
Fotografías recientes que se adjuntan al formulario y, posteriormente, se usan para la tarjeta de identidad de extranjero (TIE).
Especificaciones
Dónde conseguirlas
En cualquier fotógrafo profesional o cabina de fotos automática. Especifica que son «para trámite de extranjería» y el fotógrafo ya conocerá las medidas.
Errores habituales
Consejo Asesoramos
Hazte las fotos el mismo día o la semana antes de presentar la solicitud. Pide al menos 6 copias: necesitarás algunas para la solicitud y otras para la TIE posterior.
4. Certificado de antecedentes penales
Qué es
Un documento oficial emitido por las autoridades de tu país de origen (y de cada país donde hayas residido en los últimos 5 años) que certifica si tienes o no antecedentes penales.
Requisitos clave
Dónde conseguirlo
Errores habituales
Consejo Asesoramos
Solicita el certificado lo antes posible, pero ten en cuenta su caducidad. Si tu trámite puede demorarse, prepárate para solicitar uno nuevo. Algunos países permiten solicitarlo online a través de su consulado en España, lo que ahorra mucho tiempo.
5. Certificado médico
Qué es
Un certificado emitido por un médico colegiado en España que acredita que no padeces ninguna enfermedad que pueda tener repercusiones de salud pública graves, de acuerdo con el Reglamento Sanitario Internacional.
Requisitos
Dónde conseguirlo
En centros médicos autorizados, clínicas privadas o en tu médico de cabecera, siempre que esté colegiado. El coste suele estar entre 30 y 80 euros.
Errores habituales
Consejo Asesoramos
Pide al médico que redacte el certificado mencionando expresamente que «no padece ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusiones de salud pública graves de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005». Esta fórmula es la que las oficinas de extranjería esperan ver.
6. Seguro médico
Qué es
Una póliza de seguro de salud con cobertura completa en España, sin copagos ni carencias, emitida por una compañía aseguradora autorizada a operar en el país.
Requisitos
Dónde conseguirlo
Compañías como Sanitas, Adeslas, Mapfre, Asisa, DKV y otras ofrecen pólizas específicas para trámites de extranjería. Compara precios y coberturas.
Errores habituales
Consejo Asesoramos
Antes de contratar, confirma con la aseguradora que la póliza es «válida para trámites de extranjería». Muchas compañías tienen un producto específico para este fin. Guarda tanto la póliza como el recibo de pago.
7. Acreditación de medios económicos
Qué es
La prueba de que dispones de recursos económicos suficientes para vivir en España sin necesidad de trabajar (en el caso de residencias no lucrativas) o de que tendrás un contrato de trabajo (en el caso de residencias por cuenta ajena).
Formas de acreditación según tipo de residencia
Dónde conseguirlo
Extractos bancarios de los últimos 6-12 meses, certificados de titularidad de cuentas, escrituras de propiedades, contratos de trabajo sellados por la empresa, etc.
Errores habituales
Consejo Asesoramos
Si tu estrategia es demostrar medios económicos propios, mantén los fondos en la cuenta al menos 6 meses antes de la solicitud. Las oficinas de extranjería desconfían de ingresos puntuales justo antes del trámite. Si puedes, solicita un certificado bancario de saldo medio.
8. Prueba de alojamiento y empadronamiento
Qué es
Un documento que demuestra que tienes un lugar donde vivir en España. El más habitual es el certificado de empadronamiento, que acredita que estás inscrito en el padrón municipal del ayuntamiento donde resides.
Documentos válidos
Dónde conseguirlo
Errores habituales
Consejo Asesoramos
El empadronamiento es gratuito y puedes solicitarlo en cualquier momento. Hazlo nada más llegar a tu domicilio en España. Es un documento que necesitarás para muchos otros trámites, no solo para la residencia: tarjeta sanitaria, escolarización, ayudas, etc.
9. Traducciones juradas
Qué es
Una traducción oficial realizada por un traductor-intérprete jurado nombrado por el Ministerio de Asuntos Exteriores de España. Solo las traducciones juradas tienen validez legal ante la administración española.
Qué documentos deben traducirse
Todos los documentos que estén en un idioma distinto al español:
Dónde conseguirlo
Errores habituales
Consejo Asesoramos
Las traducciones juradas pueden tardar entre 2 y 10 días laborables dependiendo de la extensión del documento y la carga de trabajo del traductor. No lo dejes para última hora. Pide presupuesto a varios traductores y confirma que están en la lista oficial del Ministerio.
10. Apostilla de La Haya
Qué es
La Apostilla de La Haya es un sello o certificado que se estampa en un documento público extranjero para que tenga validez legal en España (y en todos los países firmantes del Convenio de La Haya de 1961). Es la forma simplificada de legalización internacional.
Qué documentos deben apostillarse
Dónde conseguirlo
En la autoridad competente del país que emitió el documento. Cada país designa una o varias autoridades apostilladoras (normalmente el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministerio de Justicia o notarías públicas según el país).
Importante: países no firmantes del Convenio
Si tu país no es firmante del Convenio de La Haya, el proceso es la legalización diplomática (más largo y complejo): el documento debe pasar por el Ministerio de Asuntos Exteriores de tu país y luego por el consulado de España en tu país.
Errores habituales
Consejo Asesoramos
El orden correcto es: (1) obtener el documento original en tu país, (2) apostillarlo en tu país, (3) traerlo a España y (4) traducirlo con un traductor jurado aquí. Si inviertes el orden, podrías tener que repetir pasos y perder tiempo y dinero.
Documentos adicionales según tu caso
Además de los 10 documentos principales, dependiendo del tipo de residencia que solicites, podrían pedirte:
Cada caso es único. Por eso es fundamental revisar los requisitos específicos del tipo de autorización que vas a solicitar.
Consejos finales para no fallar con la documentación
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tardan en resolverse los trámites de residencia en España?
El plazo legal para resolver una solicitud de autorización de residencia es de 3 meses desde la presentación, aunque en la práctica puede extenderse a 4-6 meses dependiendo de la provincia y la carga de trabajo de la oficina de extranjería. Si pasado el plazo no recibes respuesta, se aplica el silencio administrativo, cuyo sentido (positivo o negativo) depende del tipo de autorización. Presentar la documentación completa desde el primer día es la mejor forma de evitar retrasos innecesarios.
¿Qué pasa si me falta un documento al presentar la solicitud?
Si la oficina de extranjería detecta que falta algún documento o que alguno no cumple los requisitos, emitirá un requerimiento de subsanación. Tendrás un plazo (normalmente 10 días hábiles, ampliable a 15 en algunos casos) para aportar lo que falta. Si no subsanas a tiempo, se archivará tu expediente y tendrás que empezar de nuevo. Por eso es crucial presentar la solicitud con todos los papeles para residencia España desde el primer momento.
¿Necesito traducir documentos que están en inglés o francés?
Sí. La administración española exige que todos los documentos estén en español. No importa que el funcionario entienda inglés o francés: la traducción jurada es un requisito legal, no una cuestión de comprensión. Solo hay una excepción parcial en comunidades con lengua cooficial (catalán, euskera, gallego, valenciano), donde los documentos en esas lenguas también se aceptan.
¿Puedo hacer todos los trámites de forma telemática?
Depende del trámite y de la provincia. Desde 2022 se ha avanzado mucho en la digitalización, y la mayoría de solicitudes pueden presentarse a través de la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Migraciones con certificado digital o Cl@ve. Sin embargo, algunos pasos (como la toma de huellas para la TIE) siguen siendo presenciales obligatoriamente. Además, no todas las oficinas de extranjería aceptan la presentación telemática para todos los tipos de autorización. Consulta previamente con tu oficina.
¿Cuánto cuesta el trámite de residencia en total?
Los costes oficiales incluyen la tasa de la solicitud (modelo 790, entre 10 y 40 euros según el tipo de autorización) y la tasa de expedición de la TIE (unos 16-20 euros). A estos se suman costes indirectos: traducción jurada (entre 30 y 80 euros por documento), apostilla (variable según el país), seguro médico (desde 40 euros/mes), certificado médico (entre 30 y 80 euros) y fotografías (5-10 euros). En total, el proceso puede costar entre 300 y 800 euros solo en documentación, sin contar la asesoría profesional. Invertir en un buen asesor puede ahorrarte el coste de repetir trámites.
¿Te abruma la documentación? Déjalo en manos de profesionales
Sabemos que reunir todos los documentos necesarios para el permiso de residencia puede ser agotador, especialmente cuando cada papel tiene sus propios requisitos de validez, traducción y apostilla. Un solo error puede costarte meses de retraso.
En Asesoramos preparamos y revisamos TODOS tus documentos para que no falte nada. Nuestro equipo se encarga de verificar cada certificado, coordinar traducciones juradas, confirmar que las apostillas están en orden y presentar tu solicitud con la seguridad de que todo está correcto desde el primer día.
No dejes tu futuro en España al azar.
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